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Economía Miercoles, 14 de Octubre de 2026  
Alivio fiscal para gastronomía y hotelería porteña en 2027
CABA busca mantener la eximición de Inmobiliario y ABL durante los primeros seis meses del año.

El gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires impulsó, junto al proyecto de Presupuesto 2027 enviado a la Legislatura, los proyectos modificatorios de la Ley Impositiva, la Ley Arancelaria y del Código Fiscal porteño que buscan mantener un beneficio fiscal clave para sectores económicos estratégicos. Dentro del capítulo de beneficios fiscales temporales se impulsa dejar sin efecto la obligación de pago (eximición de pago) del Impuesto Inmobiliario y la Tasa de ABL para el primer semestre del próximo año, cubriendo las cuotas que vencerán entre enero y junio de 2027, con relación a los inmuebles afectados a las actividades desarrolladas por restaurantes y cantinas con y sin espectáculo, expendio de bebidas en bares, y venta de comidas y bebidas.

La iniciativa amplía el espectro de beneficiarios más allá del rubro gastronómico e hospitality. Junto al proyecto de Presupuesto 2027 que envió el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a la Legislatura, se remitieron los proyectos modificatorios de la Ley Impositiva, la Ley Arancelaria y del Código Fiscal porteño, y el contenido al que quiere acceder es exclusivo para suscriptores, según se indica en la cobertura. En el proyecto de ley que propone las reformas al Código Fiscal porteño para el próximo año se propicia mantener el incentivo fiscal de no tributar tales tributos por seis meses, incluyendo también al sector de librerías, con igual tratamiento para la venta al por mayor y menor de libros, revistas y similares usados.

Para que el beneficio entre en vigor, los inmuebles deben cumplir ciertos requisitos. Los inmuebles beneficiados deben estar habilitados para el desarrollo de la respectiva actividad, condición que también aplica a hoteles, hosterías y residenciales similares, con o sin restaurante público. Cabe recordar que este beneficio para restaurantes, bares y hotelería fue reglamentado por la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) para el presente ejercicio, mediante la Resolución 629/25, por lo que de aprobarse la iniciativa en la Legislatura, el ente recaudador deberá dictar las normas operativas, ahora también para el sector librero. Los proyectos se debaten actualmente en el seno de la Comisión de Presupuesto, Hacienda, Administración Financiera y Política Tributaria.


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Cortesia de Investing.com


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